Ante la sentencia notificada hoy por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en relación con los recursos interpuestos por ACCIONA Agua, S.A., y ATLL Concesionaria de la Generalitat de Cataluña, S.A., contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de fecha 22 de junio de 2015 sobre el contrato de gestión del servicio de abastecimiento de agua en alta de ATLL, ACCIONA quiere hacer las siguientes manifestaciones:

  1. La sentencia desestima los recursos interpuestos, como en decisiones precedentes había sucedido respecto de los presentados por la Generalitat de Cataluña y por Sociedad de Aguas de Barcelona, S.A. (Agbar), y confirma la anulación de la adjudicación del contrato.
  2. La decisión del Tribunal Supremo ratifica el criterio sentado en su momento por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña según el cual la oferta presentada por el consorcio liderado por ACCIONA nunca debió ser excluida de la licitación al ajustarse correctamente a las prescripciones del pliego del concurso, resultando ser dicha oferta a fin de cuentas la más ventajosa para los usuarios del servicio, fin último del proceso competitivo. En la sentencia precedente, el Tribunal Supremo había rechazado por su parte el recurso de Agbar, empresa competidora y perdedora del concurso, que pretendía sin fundamento la anulación de la oferta de ACCIONA y la adjudicación de la concesión a su favor.
  3. Las propias sentencias hacen evidente que la causa de la anulación es por completo ajena a la oferta y a la actuación de ACCIONA, precisando que obedece a la confusión generada por determinadas aclaraciones efectuadas por la Generalitat de Cataluña en el transcurso de la licitación sobre las condiciones del concurso. A pesar de que, según el Tribunal Supremo, estas aclaraciones procedían de un órgano incompetente y resultaban contrarias a las previsiones del propio pliego, la sentencia considera que aquella circunstancia es motivo suficiente para invalidar la adjudicación.
  4. Los servicios jurídicos de ACCIONA están estudiando las acciones legales y/o judiciales a ejercer en defensa de los derechos e intereses que pudieran haberse visto afectados como consecuencia de la situación creada y las medidas a adoptar para recuperar el canon desembolsado y las inversiones realizadas hasta la fecha, así como reclamar el resarcimiento de todos los daños y perjuicios ocasionados.
  5. El consorcio liderado por ACCIONA ha gestionado la concesión durante más de cinco años con los máximos niveles de exigencia en el cumplimiento del contrato, incrementando todos los índices de calidad hasta situarlos por encima de los requeridos por los sistemas de control público creados con motivo de la concesión.
  6. El consorcio liderado por ACCIONA queda a la espera de las medidas a adoptar por la Generalitat de Cataluña en orden a la ejecución de la sentencia y muestra su plena disposición, en cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales, a garantizar la continuidad de los servicios prestados en la gestión de ATLL mientras legalmente proceda y hasta que se abone el importe de la compensación prevista en la normativa vigente y se formalice el acta de retorno de los bienes y derechos afectos al servicio público.
  7. El consorcio liderado por ACCIONA lamenta los efectos que puedan derivarse de esta situación que pone fin a una concesión que, asegurando la titularidad y el máximo control público de los recursos hídricos, garantizaba a su vez la imprescindible financiación de las inversiones en la red a través de una gestión profesionalizada.