Comisiones

Comisión Ejecutiva o Delegada

Tiene delegadas todas las facultades del Consejo de Administración, salvo las indelegables por ley.

Son facultades delegadas con carácter enunciativo y sin que ello restrinja el más amplio alcance de la delegación, las siguientes:

  • Facultades de dirección y administración.
  • Facultades de disposición y administración de bienes y derechos.
  • Facultades de orden económico-financiero.
  • Facultades de representación.
  • Facultades de delegación.
  • Formalización de decisiones y acuerdos, e interpretación de las facultades.

Componentes de la Comisión

  • D. José Manuel Entrecanales Domecq (Presidente).
  • D. Juan Ignacio Entrecanales Franco (Presidente).
  • D. Juan Manuel Urgoiti y López-Ocaña (Vocal).
  • D. Carlos Espinosa de los Monteros Bernaldo de Quirós (Vocal).
  • D. Alejandro Echevarría Busquet (Vocal).
  • Lord Garel-Jones (Vocal).
  • D. Valentín Montoya Moya (Vocal).
  • D. Jorge Vega-Penichet López (Secretario no miembro).

Comité de Auditoría

Es función primordial del Comité de Auditoría servir de instrumento y de apoyo al Consejo de Administración en la supervisión de la información contable y financiera, los servicios de auditoría interna y externa, y el gobierno corporativo.

Para el desempeño de su función el Comité de Auditoría tendrá las siguientes competencias, sin perjuicio de aquellas otras que le pueda encomendar el Consejo de Administración:

  1. Informar a la Junta General de Accionistas sobre las cuestiones que en ellas planteen los accionistas en materia de su competencia.
  2. Proponer al Consejo de Administración para su sometimiento a la Junta General de Accionistas, el nombramiento de los auditores de cuentas externos a que se refiere el artículo 204 de la Ley de Sociedades Anónimas, así como sus condiciones de contratación, el alcance de su mandato profesional y la revocación o prórroga del mandato.
  3. Supervisar los servicios de auditoría interna.
  4. Conocer el proceso de información financiera y de los sistemas internos de control, vigilando el cumplimiento de los requerimientos legales y la correcta aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados.
  5. Mantener relación con los auditores externos para recibir información sobre aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de éste y cualesquiera otros relacionados con el preciso desarrollo de la auditoría de cuentas, así como aquellas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoria de cuentas y en las normas técnicas de auditoria.
  6. Informar y asesorar al Consejo de Administración sobre el cumplimiento de las reglas de gobierno corporativo y de las normas de conducta exigibles a la sociedad y su grupo.

Serán tareas específicas a desempeñar por el Comité de Auditoría para el mejor desempeño de su función las siguientes:

  1. Revisar las cuentas de Acciona y, en su caso, de su grupo antes de su difusión pública;
  2. Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los auditores de cuentas externos, evaluar los resultados de cada auditoría y las respuestas del equipo directivo a sus recomendaciones, y mediar y arbitrar en los casos de discrepancias entre aquél y éste en relación con los principios y criterios aplicables en la preparación de los estados financieros;
  3. Informar las propuestas de modificación de principios y criterios contables sugeridos por la dirección;
  4. Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre las cuentas anuales y los contenidos principales del informe de auditoria sean redactados de forma clara y precisa;
  5. Revisar los folletos de emisión, las cuentas anuales y la información financiera periódica que deba suministrar ACCIONA a los mercados y a sus órganos de supervisión;
  6. Evaluar los sistemas de control interno de Acciona y su adecuación e integridad.
  7. Supervisar los servicios de auditoría interna de ACCIONA y su grupo, aprobar el presupuesto anual del departamento, conocer el plan de auditoría interna y fiscalizar los sistemas de selección y contratación del personal de auditoría interna.
  8. Informar sobre el nombramiento del responsable del departamento de auditoría interna;
  9. Recibir información y, en su caso, emitir informe sobre medidas disciplinarias a miembros del equipo directivo de ACCIONA;
  10. Vigilar el cumplimiento de los requerimientos legales aplicables a la organización y funcionamiento societario de ACCIONA;
  11. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento, del Reglamento de la Junta General de accionistas y del Reglamento Interno de Conducta en los Mercados de Valores, y en general, por el cumplimiento de las reglas de gobierno de ACCIONA; y hacer las propuestas necesarias para su mejora.

Componentes del Comité de Auditoría

  • D. Carlos Espinosa de los Monteros y Bernardo de Quirós (Presidente).
  • D. Juan Manuel Urgoiti y López Ocaña (Vocal).
  • Lord Garel-Jones (Vocal).
  • D. Jorge Vega-Penichet López (Secretario no miembro).

Comité de Nombramientos y Retribuciones

Tendrá las responsabilidades básicas que se enumeran a continuación, sin perjuicio de cualquier otro cometido que le pudiera asignar el Consejo de Administración:

  1. Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la composición del Consejo de Administración, así como seleccionar los candidatos
  2. Informar las propuestas de nombramiento de Consejeros a formular por el Consejo de Administración a la Junta General de Accionistas, y los acuerdos de nombramiento de consejeros por el propio Consejo de Administración por el procedimiento de cooptación
  3. Informar sobre el nombramiento de Secretario y Vicesecretario del Consejo de Administración;
  4. Proponer al Consejo de Administración los consejeros a designar como Presidente, Consejero Delegado y miembros de la Comisión Ejecutiva y de cada uno de los Comités;
  5. Formular y revisar los criterios que deben seguirse para la selección de directivos de ACCIONA;
  6. Informar sobre el nombramiento o destitución de los altos directivos con dependencia inmediata del Consejo de Administración o de la Comisión Ejecutiva;
  7. Evaluar el sistema y la cuantía de las retribuciones anuales de los Consejeros y de directivos;
  8. Revisar periódicamente los programas de retribución variable, ponderando su adecuación y sus rendimientos;
  9. Velar por la transparencia de las retribuciones;
  10. Conocer las transacciones que impliquen o puedan implicar conflictos de intereses en los términos previstos en este Reglamento, incluyendo las operaciones con accionistas significativos, Consejeros, altos directivos o personas vinculadas a cualquiera de los anteriores; y específicamente aprobar aquéllas que sean ajenas al tráfico ordinario de ACCIONA o de la sociedad sobre la que ejerza una influencia significativa que sea parte en la operación, o que se realicen en condiciones distintas de las de mercado entre partes independientes.

Componentes del Comité de Nombramientos y Retribuciones

  • D. Juan Manuel Urgoiti y López-Ocaña (Presidente).
  • D. Alejandro Echevarría Busquet (Vocal).
  • D. Carlos Espinosa de los Monteros Bernaldo de Quirós (Vocal).
  • D. Jorge Vega-Penichet López (Secretario no miembro).
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